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La Ley Orgánica de protección de Datos (LOPD) exige que todas las entidades públicas o privadas adopten medidas para la protección de los datos de carácter personal que poseen. Estas medidas son, por un lado, de carácter jurídico, y por otro, de carácter tecnológico. (Cumplir con estas dos medidas obligatorias es lo que en Protegepyme hemos denominado como la adaptación total a la LOPD).

miércoles, 19 de noviembre de 2008

CONCLUSIONES DE LA AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS

Buenas tardes:

Hoy se ha publicado en la página de la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos) los resultados del plan sectorial de oficio sobre publicidad telefónica, para su realización la AEPD ha analizado las prácticas de operadoras en la realización de llamadas no solicitadas con fines comerciales a fijos y móviles y el envío de publicidad mediante SMS, así como la oferta de servicios de tarificación adicional.

El resultado está resumido en dos partes, una sobre la publicidad telefónica, cuyo enlace es el siguiente: resumen telefonía y el otro resumen es sobre los mensajes cortos de telefonía móvil, que lo podéis ver aquí: resumen sms

Merece la pena dedicarle un rato, ya que nos comenta cómo las empresas usan nuestros datos, los derechos que nos amparan y recomendaciones como usuarios, así como para las empresas también.

Debemos prestar especial atención a las Listas Robinson que son listas donde el ciudadano dispone de otros medios para manifestar su oposición con carácter general. Desde su entrada en vigor el 19 de abril pasado, el Reglamento de desarrollo de la LOPD contempla los denominados “ficheros de exclusión del envío de comunicaciones comerciales” o “listas robinson”, que con anterioridad carecían de una regulación específica.

Para darnos de alta en estas listas tenemos a disposición la página web de la Federación Española de Comercio Electrónico y Marketing Directo (FECEMD), pulsando aquí

Con informes de este tipo podemos recopilar recomendaciones para evitar que los datos personales de los usuarios fluyan libremente por el mercado, y las empresas sepamos a que atenernos para poder efectuar nuestras campañas publicitarias ateniéndonos a la Ley.

Quiero recordaros que estoy a vuestra disposición para cualquier cuestión que pueda plantearse.

Fuente: AEPD, FECEMD

José Estévez

ProtegePyme Consultores S.L.
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