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La Ley Orgánica de protección de Datos (LOPD) exige que todas las entidades públicas o privadas adopten medidas para la protección de los datos de carácter personal que poseen. Estas medidas son, por un lado, de carácter jurídico, y por otro, de carácter tecnológico. (Cumplir con estas dos medidas obligatorias es lo que en Protegepyme hemos denominado como la adaptación total a la LOPD).

lunes, 20 de octubre de 2008

La AEPD multa a una empresa de recobro de morosos

Buenas tardes.

Como ya algo normal en la dinámica de trabajo, las empresas suelen mandar cierta información por fax obviando quien lo pueda recibir, confiando en que llegará a su destinatario sin ningún tipo de problema.

La aparición de la Ley Orgánica de Protección de Datos ha obligado a muchas empresas a replantearse sus métodos de comunicación. La sociedad va evolucionando y a medida que evoluciona crece el volumen de datos que se pueden manejar y la Ley regula que esos datos no se puedan utilizar malintencionadamente dando una serie de patrones de acción de obligado cumplimiento para preservar los datos de carácter personal de las personas físicas.

El diario 20minutos ha publicado, en su versión digital, el caso de la empresa ASLENGA, S.L. conocida como "El torero del moroso":
"Esta empresa realizó varias visitas y llamadas telefónicas al domicilio de la madre de la Sra. I.I.I. con el fin de reclamar una deuda pendiente a nombre de ésta y del Sr. C.C.C. con la empresa Postmobel."

El 26 de abril de 2006 la empresa remitió faxes a las empresas donde trabajaban los morosos (en los que desempeñaban la labor de administradores), los cuales fueron retirados por otros empleados, así como a otras delegaciones de la misma. Dichas comunicaciones notificaban la existencia de una deuda.

La Ley dicta que: "El responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo".

"En su resolución, el director de la Agencia Española de Protección de Datos (Artemi Rallo Lombarte) tiene en cuenta que el fax (en este asunto) "no garantiza la confidencialidad de los datos expuestos en los documentos, dado que no puede garantizarse que quien recepciona el fax es el propio interesado", por lo que considera que Aslenga S.L. Cobro de impagados vulneró el deber de secreto que exige la LOPD de forma grave, imponiéndole una multa de 12.000 euros."

Fuente: 20minutos.

Un saludo.



Jonathan Cruz
Departamento de producción.
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jueves, 16 de octubre de 2008

El director de la AEPD reclama en Estrasburgo

Buenas tardes.

En Europa se está haciendo especial hincapié en la protección de datos de carácter personal. En la 30º Conferencia Internacional de Protección de Datos y Privacidad hecha en Estrasburgo, el Director de la Agencia Nacional de Protección de Datos recalcó la necesidad de desarrollar un compromiso serio respecto a la formación en materia de privacidad y protección de datos en el ámbito de las nuevas tecnologías sea trasladado a los programas de estudio.


Una nota informativa de la AEPD recalca:

• Ha reclamado un compromiso real y efectivo de organismos y autoridades con competencias educativas tanto de carácter internacional como nacional.

Artemi Rallo ha recordado que la formación a los menores en el uso de las nuevas tecnologías, con sus riesgos y ventajas, es insuficiente.

También ha propuesto la creación de estándares jurídicos y técnicos destinados a proteger la privacidad de los menores en Internet frente a los riesgos del entorno de la sociedad de la información.

• El director de la AEPD ha moderado una mesa en la que, entre otros, ha participado Jacques Barrot, vicepresidente de la Comisión Europea y Comisario de Justicia, Libertades y Seguridad.


Todos estos apuntes llaman a la concienciación por parte de la sociedad de sus derechos sobre sus datos y surgen una serie de necesidades que las empresas deben afrontar para poder cumplir con las Leyes de Protección de Datos.

En ProtegePyme estamos preparados para adaptar a las empresas almerienses al 100% y una vez hecha la adaptación, nuestro servicio de mantenimiento garantizará que su empresa esté totalmente al día y actualizada en el cumplimiento de la Ley y tener así la protección necesaria frente a cualquier investigación por parte de la agencia. Por otro lado y no menos importante ofrecerá un mejor servicio y será un referente para sus clientes al respetar las Leyes que los amparan.



Fuente: AEPD

Un saludo.


Jonathan Cruz
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miércoles, 15 de octubre de 2008

Comparecencia de Artemi Rallo en el Congreso

Artemi Rallo, pidió que se enseñe en los colegios a proteger los datos en Internet y se advierta de los riesgos que tienen las redes sociales para la privacidad.

Respecto a la difusión de datos mediante programas como Emule, Rallo destacó: "Estamos ante un grave problema de desconocimiento e ignorancia en el uso de estas tecnologías de Internet. Es necesario que toda entidad pública o privada analice la pertinencia del uso de esta tecnología en el lugar de trabajo". El mal uso de estos sistemas, en los 18 casos resueltos recientemente por la AEPD, ha permitido que estuvieran accesibles en Internet, entre otro tipo de información, 11300 historiales de una clínica ginecológica y 50000 datos de personas asociadas a cursos de formación de un sindicato.

Respecto a la difusión de imágenes en Internet y el fenómeno Youtube, explicó: "Todos debemos respetar el derecho de las personas a que su imagen no se difunda universalmente en Internet sin su consentimiento. Si no se cuenta con el consentimiento de las personas cuyas imágenes son captadas y difundidas, se incurre en una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos".

Rallo lamentó la falta de educación de los menores ante los riesgos de la sociedad de la información, especialmente con el auge de las redes sociales, y reclamó un compromiso de todas las administraciones para que la educación sobre protección de datos y sobre Internet se incorpore a los planes de estudios y al currículo académico.


Fuente: El País


Un saludo.


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viernes, 10 de octubre de 2008

Planes de inspección en ayuntamientos.

En la Comunidad de Madrid han puesto en servicio diferentes páginas Web para acercar al ciudadano a la Administración municipal. Así, a través de los diferentes portales disponibles se permite al ciudadano acceder a la información y servicios de su competencia, presentar solicitudes y recursos, realizar trámites de audiencia, efectuar pagos.

En la preocupación de las administraciones para cumplir la LOPD han llegado a un acuerdo para poner en marcha un plan para conocer el grado de cumplimiento de la normativa de protección de datos, y, en concreto, para impulsar el cumplimiento del deber de información en la recogida de datos, previsto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), este Plan de Inspección ha diseñado tres fases.

Serán inspeccionados on-line los sitios Web de todos los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid. No obstante, no todos los Ayuntamientos disponen de páginas Web y no todos los portales recaban datos personales. Posteriormente se determinará la relación de Ayuntamientos que efectivamente recojan datos a través de sus páginas Web, realizando un informe de conclusiones en relación con los mismos, y enviando requerimientos a dichos Ayuntamientos para completar la información obtenida en la inspección on line de la Web referida anteriormente. En una ultima fase y con la información recabada, se dictará para cada Ayuntamiento una Instrucción Singular para que adecue la recogida de datos personales a través de la página Web correspondiente a la normativa de protección de datos, y, especialmente, a lo dispuesto en el artículo 5 de la LOPD, así como una Instrucción General dirigida a todos los Ayuntamientos, tanto inspeccionados como no inspeccionados, y que pueda ser de utilidad para el resto de responsables de ficheros sobre los que la APDCM ejerce su función de control.

Muy probablemente estas medidas se extiendan a las demás comunidades autónomas de nuestro país. Dado el caso en ProtegePyme estamos preparados para solventar cualquier duda y dar los servicios necesarios para realizar auditorias y a partir de los resultados adaptar al 100% a los consistorios de la provincia de Almería que lo necesiten.

Un saludo.



Jonathan Cruz
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jueves, 9 de octubre de 2008

Grabaciones de video frente a la LOPD

La web 2.0 ha propiciado que los ciudadanos escriban noticias, cuenten su vida, expongan sus fotos o denuncien lo que se encuentran por la calle.

Javier Garcés (presidente de la Asociación de Estudios Psicológicos y Sociales) habló para El País y dijo lo siguiente: "La normativa jurídica y la efectiva protección de los derechos individuales han quedado superadas por los avances tecnológicos y la realidad social. La acción jurídica podía ser más o menos eficaz cuando se trataba de evitar la publicación de una foto en un periódico o la emisión de un programa en una televisión. Pero ¿cómo evitar la difusión por Internet, con miles de ramificaciones, envíos y reenvíos a través de correos electrónicos individuales o teléfonos móviles? Los ciudadanos se están convirtiendo en pequeños Grandes Hermanos".

Me gustaría recalcar que La Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) prohíbe el tratamiento ilegal de datos personales sin el consentimiento del interesado. Difundir imágenes personales sin permiso es delito. La sanción llega a 600.000 euros.

La instalación de sistemas de cámaras y videocámaras se ha extendido entre las empresas, las instituciones públicas y los ciudadanos. La Ley de Protección de Datos es aplicable al tratamiento de este tipo de casos, realizados por cualquier entidad. Por eso para que estas empresas no sean sancionadas necesitan adaptarse a la LOPD.

Todo esto es también aplicable a los ciudadanos, recordemos el caso de octubre del 2007, cuando la plataforma de vecinos Nuevos Vecinos de Montera colgó 22 videos en YouTube denunciando la prostitución de la calle Montera. La Agencia de Protección de Datos les sancionó por no cumplir con la LOPD.

Fuente: El Pais

Un saludo.


Jonathan Cruz
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martes, 7 de octubre de 2008

Encuesta: ¿Cuantos correos spam recibes a lo largo del día?

Buenas tardes.

Nos alegra ver que cada encuesta tiene mayor participación por vuestra parte ( 113 participantes) y eso significa que cada día que pasa más personas y en especial nuestros vecinos de Almería, visitan nuestro blog por que se están sensibilizando de que es necesario conocer la Ley Orgánica de Protección de Datos.

A nuestra pregunta "¿Cuantos correos spam recibes a lo largo del día?, mayoritariamente ha contestado "es insoportable".





A nuestros clientes, una vez hecha la auditoría les damos una serie de directrices a seguir para evitar estos molestos y potencialmente peligrosos correos.

En cualquier caso lo más correcto es aplicar el sentido común:

- No abrir correos desconocidos y eliminarlos directamente.
- Implementar una serie de filtros de seguridad.
- No participar en cartas encadenadas, encuestas o cualquier juego.

Aún aplicando estas medidas no estaremos seguros al 100% de no recibir correos spam pero si taparemos agujeros e iremos aprendiendo a diferenciar los correos.


Un saludo.

Jonathan Cruz
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lunes, 6 de octubre de 2008

El "spam" y las consecuencias.

Buenas tardes.

Citando textualmente a la Agencia Española de Protección de Datos, la misma define al spam como: "cualquier mensaje no solicitado y que normalmente tiene el fin de ofertar, comercializar o tratar de despertar el interés respecto a un producto, servicio o empresa"

El 27 de septiembre la agencia de información EFE redacto un articulo del cual podemos extraer lo siguiente:

"El asunto tiene su importancia teniendo en cuenta que, según el barómetro del CIS de febrero de 2008, el 79,9% de los usuarios de internet (unos 17 millones en España) asegura haber recibido Spam en su ordenador y sólo un 18,8% afirma no haber recibido este tipo de información."

El spam está provocando la saturación de las redes, la pérdida de tiempo de los usuarios en la eliminación y propicia la aparición de negocios fraudulentos.

Las empresas deben respetar las normativas de la Ley Orgánica respecto al comercio electrónico (LSSI) para no caer en un proceso sancionador.

Dejando a un lado que abrir ciertos correos spam son motivo por lo que muchos ordenadores queden infectados por algún virus o caer en el peligro de ser víctimas de alguna estafa, en cierta medida los propios usuarios son participes de ese tipo de correos cuando, sin certificar antes que lo que le mandan es verdad, redistribuyen correos en cadena o mandan la información de un amigo para participar en un concurso. Personas que se dedican a lanzar spammer aprovechan todas estas tretas para burlar la Ley.


Fuente: Agencia EFE

Un saludo.

Jonathan Cruz
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miércoles, 1 de octubre de 2008

Peligros reales de internet

Buenas tardes.

La AGPD ha publicado una nota informativa en su pagina web recordando a los empresarios la necesidad de restringir el uso de emule en los lugares de trabajo y además cita que actualmente existen 32 investigaciones en marcha de filtraciones de datos a través de la red emule.

El Director de la Agencia, Artemi Rallo, se ha referido a la difusión de datos personales mediante programas como Emule, destacando que “estamos ante un grave problema de desconocimiento e ignorancia en el uso de estas tecnologías de Internet y que es necesario que toda entidad pública o privada analice la pertinencia del uso de esta tecnología en el lugar de trabajo”.

Desde ProtegePyme queremos recordar a nuestros clientes que dentro de nuestras actuaciones existen una serie de aplicaciones y recomendaciones para restringir el uso de estos programas y bloquearlos en el caso de que se intente burlar las medidas de seguridad.

Respecto a la moda de YouTube, Artemi Rallo ha recordado “que todos debemos respetar el derecho de las personas a que su imagen no se difunda universalmente en Internet sin su consentimiento”, y, por ello, ha dicho, “si no se cuenta con el consentimiento de las personas cuyas imágenes son captadas y difundidas se incurre en una infracción grave de la LOPD”.

Personalmente quiero recomendar la lectura de esta nota informativa que apenas ocupa tres páginas y ayudará a los usuarios, amigos y clientes nuestros a entender un poco más la Ley y como se esta desarrollando la aplicación de la misma en las nuevas tecnologías.

La AGPD esta haciendo verdaderos esfuerzos por divulgar tanto el contenido de la Ley como sus aplicaciones a fin de que las empresas hagan las respectivas adaptaciones y no sean sancionadas en el caso de ser investigadas.

Nuevamente aprovecho este espacio para recordaros que ProtegePyme esta a total disposición de nuestros usuarios y que no deben dudar en ponerse en contacto con nosotros para solventar cualquier duda u obtener la información necesaria para nuestra contratación.

Fuente: www.agpd.es
Nota informativa

Un saludo.

Jonathan Cruz
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