
Buenos días.
Como en varias ocasiones hemos indicado, el tener registrados los ficheros en la Agencia de Protección de Datos, no significa que ya hayas cumplido con la LOPD como muchos creen, o como algunos "profesionales" indican.
La inscripción de ficheros es solamente un requisito más de la LOPD, existen otros requisitos, que son muy conocidos por la gran mayoría de empresas, como puede ser el Documento de Seguridad, y que a algunas empresas lo único que les interesa es tenerlo para "cumplir con la Ley", pues tampoco sirve solamente con tenerlo para evitar las sanciones.
El Documento de Seguridad, entre otras cosas, precisamente es una guía de obligaciones que hay que cumplir, y además debe ser conocido por todo el personal con acceso a datos para evitar sanciones como la que ha recaído a una comunidad de vecinos de El Ejido en Almería.
Os dejo el enlace de la Sanción pulsando aquí, donde podréis observar lo fácil que es infringir la Ley, tan solo por no hacer las cosas en el orden debido, hemos de seguir siempre un patrón determinado y establecido en el tratamiento de los datos de carácter personal para evitar este tipo de situaciones.
Como podréis comprobar, esta comunidad de vecinos, tenía su inscripción de ficheros y seguro que tenían también su Documento de Seguridad, pero lo que es seguro es que no han procedido conforme a la Ley, por desconocimiento más que por mala intención, pero el resultado es el mismo.
Como siempre os he dicho, es necesario que estemos formados respecto a las obligaciones de la LOPD, no nos sirve solamente con cumplir "una" parte de la Ley, no nos libra de las sanciones.
Como siempre quedo a vuestra disposición.
Un saludo.
Como en varias ocasiones hemos indicado, el tener registrados los ficheros en la Agencia de Protección de Datos, no significa que ya hayas cumplido con la LOPD como muchos creen, o como algunos "profesionales" indican.
La inscripción de ficheros es solamente un requisito más de la LOPD, existen otros requisitos, que son muy conocidos por la gran mayoría de empresas, como puede ser el Documento de Seguridad, y que a algunas empresas lo único que les interesa es tenerlo para "cumplir con la Ley", pues tampoco sirve solamente con tenerlo para evitar las sanciones.
El Documento de Seguridad, entre otras cosas, precisamente es una guía de obligaciones que hay que cumplir, y además debe ser conocido por todo el personal con acceso a datos para evitar sanciones como la que ha recaído a una comunidad de vecinos de El Ejido en Almería.
Os dejo el enlace de la Sanción pulsando aquí, donde podréis observar lo fácil que es infringir la Ley, tan solo por no hacer las cosas en el orden debido, hemos de seguir siempre un patrón determinado y establecido en el tratamiento de los datos de carácter personal para evitar este tipo de situaciones.
Como podréis comprobar, esta comunidad de vecinos, tenía su inscripción de ficheros y seguro que tenían también su Documento de Seguridad, pero lo que es seguro es que no han procedido conforme a la Ley, por desconocimiento más que por mala intención, pero el resultado es el mismo.
Como siempre os he dicho, es necesario que estemos formados respecto a las obligaciones de la LOPD, no nos sirve solamente con cumplir "una" parte de la Ley, no nos libra de las sanciones.
Como siempre quedo a vuestra disposición.
Un saludo.
José Estévez
Protegepyme Consultores, S.L.
Tel. 950152251


