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La Ley Orgánica de protección de Datos (LOPD) exige que todas las entidades públicas o privadas adopten medidas para la protección de los datos de carácter personal que poseen. Estas medidas son, por un lado, de carácter jurídico, y por otro, de carácter tecnológico. (Cumplir con estas dos medidas obligatorias es lo que en Protegepyme hemos denominado como la adaptación total a la LOPD).

martes, 5 de agosto de 2008

El uso de cámaras y la difusión pública de las imágenes

Nota de Prensa - 220708 - La AEPD sanciona, por primera vez, la grabacin y posterior difusin de imgenes a travs de YOUTUBE

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha resuelto el procedimiento, iniciado de oficio el pasado mes de octubre, a raíz de las informaciones publicadas en distintos medios de comunicación, en relación con la captación y posterior difusión, a través de YouTube, de imágenes en las que aparecían personas en la calle Montera de Madrid.


Plataformas de vecinos tomaron diferentes grabaciones como protesta contra el foco de prostitución alli alojado desde hace años, pero las investigaciones realizadas por la AEPD han concluido con la declaración de una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos y la imposición de una multa económica a los responsables de la grabación y posterior publicación en “YouTube” de imágenes en las que se podía identificar a transeúntes, al incumplir el principio de consentimiento de la LOPD.


Fuente: www.agpd.es

Nota informativa.


Un saludo.


Jonathan Cruz
Departamento de producción

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